El bloque legislativo Encuentro Vecinal Córdoba anunció que impulsará por tercera vez en la Legislatura provincial un proyecto de ley que prohíbe la cría, reproducción, venta y tenencia de perros considerados potencialmente peligrosos. La iniciativa se presenta en un contexto de ataques registrados en la provincia durante 2026.
El Bloque Legislativo de Encuentro Vecinal Córdoba anunció que volverá a impulsar en la Unicameral provincial el proyecto de ley que prohíbe la cría, reproducción, venta y tenencia de perros considerados potencialmente peligrosos. La iniciativa fue presentada por primera vez en febrero de 2024 por el legislador Rodrigo Agrelo y no obtuvo sanción en dos oportunidades.
El anuncio se da luego de que el viernes 4 de septiembre se produjeran dos ataques fatales en Córdoba y Alta Gracia, con víctimas menores de edad. Según el bloque, en lo que va de 2026 se registraron 12 ataques en la provincia, de los cuales cuatro fueron fatales, con víctimas de 4 años o menos en todos los casos.
En 2025 se registró la muerte de una beba de un año en San Francisco. Además, continúa en curso el juicio por la muerte de Trinidad Ballesteros. En un comunicado, el bloque sostuvo: “Esto no es fatalidad: es falta de ley” y agregó: “las tragedias se pueden evitar”.
Qué establece el proyecto
El artículo 1 del texto prohíbe en todo el territorio provincial la cría, reproducción, el tráfico oneroso o gratuito y la tenencia de perros potencialmente peligrosos, aunque exceptúa a quienes ya tenían un animal antes de la entrada en vigencia de la norma.
El artículo 2 define las razas alcanzadas: rottweiler, pitbull terrier, dogo argentino, pampa argentino, fila brasileño, american staffordshire, staffordshire bull terrier, mastiff, bullmastiff, doberman, dogo de Burdeos, mastín napolitano, bull terrier, presa canario y akita inu, además de sus cruzas y otras razas que determine la Policía Ambiental en base a criterios científicos.
La iniciativa propone la incorporación de un artículo 89 Bis al Código de Convivencia provincial, con sanciones de hasta seis días de trabajo comunitario, multa de hasta 12 Unidades de Multa o arresto de hasta seis días para quienes críen, reproduzcan, trafiquen o tengan estos perros.
También establece el secuestro definitivo y la castración obligatoria de los animales, que no podrán ser sacrificados y quedarán a disposición de la Policía Ambiental. Se crearía un Registro Provincial de Perros Potencialmente Peligrosos.
Se prevén excepciones para las fuerzas armadas y de seguridad. Para quienes ya tenían un ejemplar antes de la ley, se requieren: mayoría de edad, inscripción registral, certificado psicofísico, castración obligatoria dentro de los 90 días, cerramientos de seguridad y uso de correa y bozal canasta.
Fundamentos del proyecto
En los fundamentos, el legislador Rodrigo Agrelo plantea que la norma busca “evitar la multiplicación” de estas razas y avanzar “hacia la desaparición” de ellas mediante un control severo sobre los ejemplares existentes. Agrelo sostiene: “tenemos la firme convicción de que el Bien Común, la seguridad, la vida y la integridad física de los habitantes de esta provincia deben ser protegidos con todo el rigor de la norma”.
El texto cita a la Organización Mundial de la Salud sobre el impacto sanitario de las mordeduras de animales y menciona antecedentes de derecho comparado, como la prohibición de la raza XL Bully en Gran Bretaña y regulaciones similares en distintos países europeos. También hace referencia a fallos judiciales cordobeses en los que perros de estas razas fueron considerados “armas impropias” como agravante en causas penales, y a un informe veterinario según el cual, entre 2019 y 2020, hubo 13 muertes por ataques de perros en la Argentina, la mayoría vinculadas a razas molosas y con antecedentes de agresividad previos.
