La Sala III del Tribunal de Casación Penal de la provincia de Buenos Aires declaró parcialmente admisible un recurso extraordinario de inaplicabilidad de ley y envió la causa a la Suprema Corte bonaerense para que determine si se omitió aplicar normas internacionales de protección de la niñez. El acusado, Jorge Osmar Montes de Oca, había sido detenido tras 13 años de búsqueda y recuperó la libertad a los cuatro días por la prescripción de la acción penal.
Un hombre acusado de abuso sexual infantil, que permaneció prófugo durante 13 años, fue detenido y luego liberado por la Justicia. La causa llegará a la Suprema Corte de Justicia de la provincia de Buenos Aires para determinar si puede ser juzgado, debido a que la acción penal en su contra quedó extinguida por el paso del tiempo.
La denuncia fue radicada en febrero de 2009 en la Dirección Departamental de Investigaciones (DDI) de La Plata por Florencia Montes de Oca, quien a los 14 años reveló a su madre que su padre biológico la había abusado sexualmente desde los seis hasta los doce años. Según el relato que la familia dio a medios nacionales, esa misma noche el hombre se fue de la casa en su camioneta y no se supo más de él.
El acusado, Jorge Osmar Montes de Oca, fue imputado por abuso sexual con acceso carnal agravado por el vínculo, y sobre él pesó un pedido de captura nacional e internacional que permaneció activo durante trece años.
Los abogados penalistas Jennifer Salaberry y Lautaro Slpizer, representantes de la víctima como particular damnificada, declararon a La Buena Info que la mujer llegó a su estudio jurídico hace tres o cuatro años, cuando la causa seguía sin avances. Según los letrados, el acusado fue localizado en aproximadamente quince o dieciséis días una vez que la nueva acusación impulsó la búsqueda. La pista surgió de un testigo que se comunicó con la víctima por Facebook y le indicó que el hombre vivía en San Luis, donde, de acuerdo con la familia, se manejaba con documentación falsa y tenía comercios de calzado.
Para los acusadores, esa diferencia temporal indica que la Fiscalía no realizó los esfuerzos necesarios. La investigación estuvo a cargo de la UFI N° 7 de La Plata, a cargo de la fiscal Virginia Bravo.
Tras ser detenido por la Policía Federal, el acusado estuvo preso cuatro días y recuperó la libertad después de que su defensa presentara un hábeas corpus con el argumento de que la causa estaba prescripta.
El juzgado de primera instancia declaró extinguida la acción penal por prescripción, y la Sala I de la Cámara de Apelación y Garantías en lo Penal de La Plata lo confirmó el 18 de diciembre de 2024, con un voto en minoría que planteaba analizar el caso a la luz de los tratados internacionales de protección de la niñez.
La querella intentó llegar al Tribunal de Casación Penal, pero el recurso fue declarado inadmisible, y la Sala III rechazó la queja el 25 de junio de 2026. La defensa de la víctima insistió entonces con un recurso extraordinario de inaplicabilidad de ley.
El 6 de octubre pasado, la Sala III de Casación, con la firma de los jueces Ricardo Borinsky y Daniel Carral, declaró parcialmente admisible ese recurso y dispuso enviar la causa a la Suprema Corte de Justicia bonaerense.
Casación habilitó la revisión solo en un punto: si los tribunales anteriores omitieron aplicar las normas internacionales con jerarquía constitucional que protegen a niñas víctimas de violencia sexual. Entre ellas están la Convención sobre los Derechos del Niño, la Convención Americana sobre Derechos Humanos y la Convención de Belém do Pará. En cambio, rechazó por razones formales el planteo sobre la aplicación de los artículos del Código Penal que regulan la prescripción.
La acusación sostiene que la prescripción se aplicó de manera «estrictamente formal» y sin perspectiva de niñez ni de género. Argumenta que los abusos ocurrieron en un contexto de violencia intrafamiliar, con una fuerte asimetría de poder entre un padre y su hija, lo que explica que la víctima recién pudiera contarlo años después. También plantea que la demora del Estado en encontrar al acusado termina jugando a favor de la impunidad.
