El juez federal Leandro Gómez Constenla homologó un juicio abreviado en San Carlos de Bariloche. La pena se computa desde junio de 2025 y el condenado permanecerá en la Unidad 14 de Esquel.
SAN CARLOS DE BARILOCHE.- El juez federal de Bariloche, Leandro Gómez Constenla, homologó un acuerdo de juicio abreviado mediante el cual el líder mapuche Facundo Jones Huala fue condenado a 5 años y 2 meses de prisión por actos de sabotaje y apología del delito. Según confirmó su abogado defensor, Gustavo Franquet, el cómputo de la pena se realiza desde junio de 2025, momento en que Jones Huala fue detenido en El Bolsón.
El acuerdo de condena se alcanzó tras una propuesta realizada por la fiscalía de Bariloche y semanas de negociaciones entre las partes, en las que intervino activamente el propio Jones Huala.
Como parte del convenio, el Ministerio Público Fiscal dejó sin efecto los recursos y apelaciones con los que buscaba restituir al condenado al penal de máxima seguridad de Rawson, asegurando su permanencia en la Unidad 14 de Esquel. A esa cárcel chubutense fue trasladado Jones Huala a principios de julio de este año.
El punto central de la discusión radicó en la calificación legal de los hechos.
Hasta último momento, la fiscalía buscó que Jones Huala asumiera su responsabilidad bajo el artículo 210 bis del Código Penal (asociación ilícita para poner en peligro la Constitución Nacional o de estructura militar), con lo cual ofrecía una pena de 5 años y medio o la alternativa de ir a un juicio oral con una escala penal de entre 5 y 20 años de prisión.
Bajo esa acusación, la fiscalía también intentaba probar supuestas “ramificaciones internacionales” entre la Coordinadora Arauco Malleco (CAM) de Chile y la Resistencia Ancestral Mapuche (RAM) en Argentina.
Tanto Jones Huala como sus defensores rechazaron categóricamente esa figura. Finalmente, la acusación se readecuó al artículo 213 bis del Código Penal –que sanciona la mera pertenencia a una organización transitoria o permanente destinada a imponer sus ideas por la fuerza– conjuntamente con la apología del delito (artículo 213), acusación que dio origen a la causa a partir de la presentación de su libro Entre Rejas, Antipoesía incendiaria en una biblioteca de Bariloche.
De este modo, el dirigente mapuche asumió exclusivamente aquello que sostuvo públicamente de forma constante: que la RAM existió y que él fue integrante de la organización, sin que el acuerdo incluyera arrepentimientos, solicitudes de disculpas ni calificaciones adicionales.
Desde la Gremial de Abogados emitieron cuestionamientos al sistema judicial argentino y argumentaron las razones que llevaron a la aceptación de la condena.
A la hora de fundamentar la decisión de evitar el juicio oral por la imputación más grave, advirtieron sobre el riesgo de enfrentar penas considerablemente más altas: “No estábamos en condiciones de decirle, y no le dijimos: ‘Jugate 10 o 12 o 15 años de tu vida a que podés ganar el juicio’”.
A lo largo del proceso, la defensa venía denunciando la falta de imparcialidad en el fuero federal, remarcando que “las decisiones son políticas y se toman en los despachos del Ministerio de Seguridad”.
Finalmente, respecto a la postura adoptada por el líder mapuche en la causa, concluyeron: “Facundo siempre aceptó y asumió ser de la RAM, le guste a quien le guste o le disguste a quien le disguste”.
En febrero de 2025, Jones Huala presentó su libro en una biblioteca de Bariloche y reivindicó los sabotajes mapuches. Además de subrayar que la RAM existe y “es el sector más autonomista del movimiento mapuche”, Jones Huala afirmó que reivindica la liberación nacional “e incluso la lucha armada”.
