Desde 2017, la Corte Suprema argentina no ha modificado ninguna de sus sentencias por disposición de un tribunal internacional, según el constitucionalista Christian Cao. La defensa de Cristina Kirchner busca una vía alternativa ante el Comité de Derechos Humanos de la ONU.
El caso Fontevecchia, resuelto en 2017 por la Corte Suprema de Justicia de la Nación, estableció un precedente según el cual el máximo tribunal no modifica sus sentencias por orden de una entidad judicial extranjera. Así lo explicó el constitucionalista Christian Cao en una entrevista con Modo Fontevecchia, por Net TV y Radio Perfil.
La condena contra la expresidenta Cristina Fernández de Kirchner a seis años de prisión por administración fraudulenta y la inhabilitación perpetua para ejercer cargos públicos ya adquirió firmeza. La defensa no pudo recurrir al Sistema Interamericano de Derechos Humanos porque venció el plazo de seis meses desde la sentencia. Por ello, ensaya un recurso ante el Comité de Derechos Humanos de la ONU.
Cao señaló que el nuevo Código Penal Federal, en su artículo 366 inciso F, contempla el recurso de revisión de sentencias firmes. Sin embargo, aclaró que los dictámenes del Comité Internacional no son vinculantes para la Argentina. “Las sentencias de la Corte Interamericana obligan; pero una observación del Comité del Pacto de Derechos Civiles y Políticos son recomendaciones genéricas”, afirmó.
El especialista indicó que no existen antecedentes posteriores a 2017 de que la Corte Suprema haya modificado un fallo propio por orden de un tribunal internacional. “La respuesta es no, no hay antecedentes”, sostuvo. En el caso Fontevecchia, la Corte cumplió con la reparación pecuniaria ordenada por la Corte Interamericana, pero no alteró su sentencia.
Cao diferenció entre persuadir y obligar: “Es casi remota la posibilidad de que el Comité Internacional emita algún tipo de disposición que tenga acogida en un tribunal nacional para llevar adelante un recurso de revisión”. La defensa de Fernández de Kirchner aspira a que el Comité emita una observación que sirva como base para un recurso de revisión, aunque Cao consideró ese escenario improbable.
