La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) implementó un nuevo sistema de validación digital para compras internacionales con envío puerta a puerta, aplicable a transacciones con un valor FOB inferior a 3.000 dólares estadounidenses.
La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) estableció un nuevo sistema para las compras obtenidas a través de páginas de comercio electrónico internacional. Este solo podrá utilizarse en el caso de transacciones con un valor FOB menor a 3.000 dólares estadounidenses.
La Resolución General 5884/2026 reemplaza la reglamentación vigente desde 2019 con el objetivo de redefinir el procedimiento para el ingreso de mercaderías destinadas únicamente al consumo personal. Estas no se pueden comercializar y solo se pueden obtener hasta 3 unidades del mismo producto.
Una de las medidas implementadas por la ex AFIP es la incorporación de un sistema de validación digital de las compras internacionales. El operador postal tendrá que presentar una declaración ante el organismo antes de que el pedido llegue al país, que deberá incluir la información solicitada por la Unión Postal Universal (UPU) y la Organización Mundial de Aduanas (OMA).
Si la validación no se realiza durante la compra, el usuario tendrá 24 horas para confirmar, modificar o completar los datos antes de que el operador pueda presentar la declaración. Por otro lado, en el caso de los envíos tradicionales, se recibirá un número de seguimiento del paquete y habrá que entrar al sistema para validar dicha información.
Además del sistema de validación, la resolución explica que en caso de que un envío supere el valor máximo permitido o el cupo previsto para el régimen simplificado, el operador postal deberá declarar la posición arancelaria de la mercadería y se regirá por el régimen general.
También se aplicarán controles selectivos según criterios de riesgo establecidos por la institución. El operador podrá representar al destinatario en las inspecciones físicas, a excepción de aquellos casos en los que se prefiera intervenir personalmente.
La resolución establece que en el caso de que la mercadería no pueda entrar al país, los usuarios tendrán 15 días corridos para optar por su devolución o su importación a través del régimen general. Otro de los aspectos destacados de la resolución es que ofrece la posibilidad de importar especialidades medicinales para uso familiar o personal con la autorización de la ANMAT.
