Este jueves por la mañana, el ministro de Desregulación y Transformación del Estado, Federico Sturzenegger, anunció la eliminación del trámite Registro Única de Transporte Automotor (RUTA), una certificación adicional que debían cumplir los transportistas de carga para poder circular de forma legal. “El decreto firmado por el presidente Javier Milei, [El jefe de Gabinete] Guillermo Francos y [el ministro de Economía] Luis Caputo termina con uno de los trámites más absurdos que sufrió nuestra carga automotor”, destacó.
“En 2023 fueron 150.000 inútiles trámites, que costaron 500 millones de pesos y que podía demorar un vehículo hasta 70 días”, dijo el ministro y marcó: “Hoy gracias a la Ley Bases podemos modificar la Ley 24.653 y directamente eliminarlo. Nadie va a extrañar este tramite cuya eliminación le recupera días a la industria y a la producción”.
Sturzenegger también indicó que uno de los motivos de la eliminación -que se realizó a través del Decreto 1109/2024 publicado en el Boletín Oficial de hoy- tiene que ver con que los propietarios debían realizar este trámite aun cuando los vehículos tuvieran sus revisiones técnicas al día, los seguros correspondientes y cumplieran con la normativa del código de transito.
“Una nota de color sobre el RUTA”, agregó y detalló: “Para evitarlo, las empresas de camionetas crearon la camioneta de doble cabina, que en la práctica categoriza como auto y por ende no requería el RUTA. En otras palabras, el costo de este inútil tramite superaba el del propio trámite porque implicaba una disfuncionalidad misma del vehículo de transporte”.
El decreto que regula la medida estableció la responsabilidad del Estado de garantizar una amplia competencia y transparencia en el mercado del transporte automotor de cargas y de que ninguna disposición nacional, provincial o municipal interfiera o dificulte en dichos servicios. “El RUTA solo impone cargas burocráticas que entorpecen la libre iniciativa y obstaculizan el ejercicio pleno de la actividad económica, que es el verdadero motor del desarrollo y la prosperidad de la Nación, exigiendo documentación que ya posee el Estado o duplicando las facultades de fiscalización que ya tienen otros organismos”, se estableció en el Boletín.
Y se añadió: “La eliminación de este tipo de trabas es esencial para liberar las fuerzas productivas y permitir que los individuos puedan desplegar su potencial, sin que sea necesario requerir trámites injustificados en el Estado. Resulta necesario avanzar hacia un modelo económico que promueva la desregulación y la eliminación de barreras que obstaculizan el crecimiento y la innovación, devolviendo a la sociedad la posibilidad de prosperar sin condicionamientos arbitrarios”.
En septiembre de este año, el Gobierno ya había avanzado con la desregulación en el transporte de cargas, cuando se determinó la eliminación de la versión física del RUTA y establecieron que pasara a ser digital y gratuito. Además, el trámite era obligatorio para todo transporte con más de 700 kilos de carga -con lo cual un productor no podía mover su propia carga en un vehículo propio sin realizarlo- y ese peso mínimo se elevó a 3500 kilos.
A partir de este decreto -firmado por el Presidente y el Secretario de Transporte, Franco Mogetta- solo se le podrá exigir a los vehículos afectados al transporte interjurisdiccional de cargas las siguientes documentaciones: constancia de realización de la revisión técnica obligatoria; Licencia Nacional de Conducir vigente para el tipo de vehículo que conduce; documento de transporte, carta de porte o guía; cédula de Identificación del Automotor; constancia física o digital de la contratación y vigencia de los seguros obligatorios; en caso de estar afectado al transporte de cargas peligrosas, la documentación específica exigida por la normativa vigente en la materia; y el permiso especial de circulación en caso de ser necesario.
Desde la cartera de Desregulación aseguraron que el Estado promoverá y asegurará la “vigencia efectiva” de un sistema económico “basado en decisiones libres, adoptadas en un ámbito de libre concurrencia, con respeto a la propiedad privada y a los principios constitucionales de libre circulación de bienes, servicios y trabajo”.
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