La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) comenzó a notificar a los monotributistas que apelaron la recategorización de oficio realizada en febrero y marzo de 2025. De los 220.426 contribuyentes notificados, 24.646 manifestaron disconformidad o presentaron un recurso de apelación.
La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) está notificando en estas semanas cuál es la resolución de los casos en los cuales los monotributistas rechazaron mediante un trámite, realizado en febrero o marzo de 2025, la recategorización de oficio que el organismo había anunciado. Según información proporcionada por ARCA a LA NACION, 220.426 monotributistas recibieron la notificación inicial, y 24.646 expresaron su disconformidad o presentaron una apelación.
Si tras la revisión de ARCA se determina que el contribuyente debe ubicarse en una categoría más alta que la que ocupaba, se genera una deuda con el fisco. El monto de esa obligación equivale a la diferencia entre el importe mensual correspondiente a la nueva categoría y el que efectivamente se abonó, correspondiente a una categoría inferior. La deuda abarca el período de febrero a junio de 2025, es decir, cinco meses.
Las cifras se actualizan con intereses resarcitorios por pago fuera de término, del 2,75% mensual. El saldo a pagar puede consultarse ingresando con clave fiscal a la página de ARCA, en la sección “CCMA-Cuenta Corriente de Monotributistas y Autónomos”, donde también se puede generar el volante de pago.
De acuerdo con la respuesta de ARCA a un pedido de acceso a la información pública, 220.426 monotributistas fueron notificados en el verano de 2025 de que serían reubicados de oficio en una categoría diferente. Ese número representa el 4,68% del total de monotributistas registrados en febrero. De los notificados, 15.464 manifestaron su disconformidad y 9.182 ingresaron un recurso de apelación. Estas presentaciones suspendieron la reubicación hasta la resolución del caso.
El recurso de apelación requiere la presentación de documentación para respaldar la posición del contribuyente. El botón de disconformidad es un procedimiento simplificado habilitado por ARCA debido al mayor volumen de trámites registrado este año.
Las notificaciones se envían al domicilio electrónico fiscal, accesible con clave fiscal desde la página web de ARCA. Cada martes y viernes posterior al envío, la notificación se considera leída aunque no haya sido abierta por el contribuyente.
Según ARCA, hasta mediados de junio los análisis de las expresiones de disconformidad aún estaban en proceso. En los últimos días comenzaron a resolverse los casos. Ante la consulta sobre el uso de datos de transferencias a billeteras virtuales, ARCA respondió que “entre los elementos considerados” para analizar la situación de cada monotributista están “la facturación registrada, los ingresos acreditados mediante distintos medios de pago y demás indicadores económicos y patrimoniales disponibles en las bases de información del organismo”.
Las recategorizaciones de oficio son parte del procedimiento de control de ARCA al finalizar cada período de recategorización. La ley establece dos períodos anuales. El próximo período de 2026 será entre mediados de julio y el 5 de agosto, una vez que ARCA actualice los valores de facturación admitidos por categoría, tomando como referencia la inflación acumulada del primer semestre de 2025, estimada en alrededor del 17%.
Entre mediados de enero y el 5 de febrero de 2025 estuvo habilitado el primer trámite de recategorización de 2026. Tras ese período, la recepción de notificaciones generó repercusiones. En ese momento, el Gobierno negó que ARCA hubiera tomado decisiones basadas en transferencias a cuentas de billeteras virtuales inferiores a 50 millones de pesos, pese a comentarios en redes sociales de quienes afirmaban lo contrario.
Fuentes de ARCA consultadas por LA NACION señalaron que, en el cruce de datos, se observó lo percibido por la actividad económica en 2025 a través del uso de códigos QR y tarjetas de crédito o débito, con el objetivo de verificar si los ingresos se correspondían con la facturación permitida en la categoría elegida. A diferencia de las transferencias, la información sobre ventas o servicios a través de tarjetas o códigos QR no tiene limitaciones según el monto operado.
Desde el Gobierno indicaron que “en casos aislados” podía haber errores en la información remitida a ARCA y que “para eso está la vía recursiva”. Según la Subsecretaría de Seguridad Social, de los poco más de 4 millones de monotributistas en el régimen general, el 53% (más de 2,15 millones) está en la categoría A, la más baja, que permite una facturación bruta anual de hasta 10.277.988,13 pesos, cifra que será actualizada antes de fin de mes.
