El máximo tribunal rechazó el recurso del Gobierno y confirmó la medida cautelar que exige incrementos salariales para docentes y no docentes, convocatoria a paritarias y aumento de becas, en línea con la ley de financiamiento universitario aprobada en agosto de 2025.
La Corte Suprema de Justicia de la Nación rechazó el recurso extraordinario presentado por el Gobierno contra el fallo de la Cámara Contencioso Administrativo Federal, que había convalidado como medida cautelar el pago de incrementos salariales al personal docente y no docente de las universidades, la convocatoria a paritarias y el aumento del presupuesto para becas previsto en la Ley de Financiamiento Universitario, sancionada por el Congreso en agosto de 2025.
Con esta decisión, quedó firme la cautelar que obliga al Ejecutivo a cumplir con los artículos 5 y 6 de dicha ley, que establecen actualizaciones salariales desde 2023 y el incremento de las Becas Progresar. En la práctica, los aspectos ordenados son similares a los acordados entre el Gobierno y los rectores en un acta firmada el 10 de junio de 2025, aunque el sector universitario no desistió de sus reclamos por la aplicación efectiva de la ley.
No obstante, persisten diferencias entre lo dispuesto por la ley y el acta de recomposición salarial acordada entre rectores, gremios y el Gobierno. El acuerdo salarial firmado contempla una recomposición menor y menciona las Becas Manuel Belgrano, que son distintas de las Becas Progresar.
El fondo de la controversia —la constitucionalidad del decreto que suspende la ejecución de la ley de financiamiento universitario— se encuentra en discusión en un juzgado de primera instancia, que está próximo a resolver.
