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Discapacidad: cómo reclamar si suspendieron la pensión por invalidez y qué plazo hay

La Secretaría Nacional de Discapacidad dejó sin efecto la restitución automática de más de 21.800 pensiones no contributivas por invalidez laboral. Los titulares alcanzados deben iniciar un trámite de rehabilitación en un plazo de 60 días corridos desde la notificación.

El Gobierno resolvió avanzar con nuevos cambios en el área de Discapacidad y dejó sin efecto la restitución automática de más de 21.800 pensiones no contributivas por invalidez laboral que habían sido reactivadas por vía judicial. La medida fue publicada en el Boletín Oficial.

A partir de esta disposición, los titulares alcanzados deberán iniciar un trámite de rehabilitación para que las autoridades vuelvan a evaluar cada caso de manera individual. Según informaron desde el organismo, el cruce de datos y las auditorías sobre los expedientes mostraron la falta de antecedentes médicos actualizados o inconsistencias patrimoniales que requieren revisión.

Los beneficiarios contarán con un plazo de 60 días corridos a partir de su notificación oficial para presentar la documentación correspondiente. La iniciativa busca verificar si los solicitantes continúan cumpliendo con los requisitos médicos y patrimoniales exigidos por la normativa.

Qué dice la Resolución 3695/2026

La medida dispuesta por la Secretaría Nacional de Discapacidad anula la norma emitida a finales de 2025 que había restablecido los pagos masivos tras una medida cautelar. Desde el Ejecutivo aclararon que la suspensión no representa una quita definitiva automática, sino el inicio de una instancia donde cada titular deberá demostrar que mantiene la condición de vulnerabilidad e incapacidad requerida para el cobro.

Cómo hacer el reclamo

Para solicitar la rehabilitación de la prestación dentro del plazo legal, las personas notificadas tienen que actualizar sus datos personales y presentar informes médicos recientes junto con la documentación socioeconómica del grupo familiar.

El trámite se puede realizar de forma presencial o digital mediante las siguientes opciones habilitadas:

  • PAMI: en agencias y Unidades de Gestión Local (UGL), que pasaron a ser el canal presencial en reemplazo de ANSES.
  • Plataforma TAD: a través del sistema de Trámites a Distancia, seleccionando la opción «Presentación de Documentación para Pensión Invalidez».
  • Vía correo electrónico: enviando los antecedentes y certificados escaneados a la casilla [email protected].
  • Formulario web o dependencias oficiales: mediante el sitio oficial del Ministerio de Salud o en las sedes habilitadas de la Secretaría.

Una vez recibida la información, los equipos técnicos del área evaluarán los expedientes para determinar si corresponde dar de alta nuevamente el beneficio.

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