La Resolución 878/2026 del Ministerio de Seguridad Nacional crea el sistema SIGPPLAR-Mujeres, destinado a internas vinculadas con organizaciones criminales. La medida fue publicada este martes en el Boletín Oficial.
El Ministerio de Seguridad Nacional formalizó este martes, mediante la Resolución 878/2026 publicada en el Boletín Oficial, la creación de un régimen específico para mujeres privadas de la libertad consideradas de alto riesgo. La medida establece una adaptación del Sistema Integral de Gestión para Personas Privadas de la Libertad de Alto Riesgo (SIGPPLAR) para la población femenina, con el objetivo declarado de impedir que organizaciones criminales continúen operando desde los establecimientos penitenciarios.
La resolución, firmada por la ministra Alejandra Susana Monteoliva, dispone la implementación del “Sistema Integral de Gestión para Personas Privadas de la Libertad de Alto Riesgo – Mujeres” en el Servicio Penitenciario Federal. La Dirección Nacional del Servicio Penitenciario Federal será responsable de la planificación operativa, la selección y capacitación del personal, y la asignación de recursos de infraestructura y tecnología.
Antecedentes y fundamentos de la medida
El nuevo esquema se basa en el sistema de alto riesgo aprobado en 2024. Según los fundamentos de la norma, esa herramienta permitió reforzar la evaluación, clasificación y separación de personas vinculadas con organizaciones criminales y limitar la continuidad de actividades delictivas desde el interior de las cárceles. La cartera de Seguridad sostiene que la experiencia acumulada permitió detectar una nueva situación: mujeres que ocupan posiciones de liderazgo, coordinación o relevancia dentro de estructuras criminales.
El documento señala que las organizaciones pueden recurrir a familiares de sus integrantes para mantener funciones cuando sus referentes son detenidos. En particular, menciona el desplazamiento de tareas hacia mujeres de “clanes familiares”, que pueden asumir funciones de enlace, coordinación y continuidad operativa. El anexo de la norma detalla roles como transmisión de mensajes, coordinación logística, administración de recursos y gestión de actividades ilícitas. También cita casos en los que parejas de líderes detenidos asumieron tareas vinculadas con el narcotráfico, la recaudación de dinero y la impartición de órdenes.
Como antecedente, el Gobierno menciona documentación de la PROCUNAR sobre mujeres en posiciones relevantes dentro de organizaciones dedicadas al narcotráfico, así como trabajos de organismos internacionales sobre el papel femenino en estructuras de crimen organizado.
Criterios de inclusión y exclusión
La incorporación al sistema no será automática. Dependerá de una evaluación individual de riesgo basada en criterios del SIGPPLAR y en las características particulares de cada interna. Se analizará la eventual participación en posiciones de liderazgo, toma de decisiones, alianzas, supervisión de tareas y administración de recursos. La evaluación prestará atención a las áreas de salud mental y criminología, y considerará antecedentes de conducta antisocial, patrones de comportamiento y asociación con pares antisociales. Las evaluaciones se realizarán con periodicidad semestral, con posibilidad de reducción del plazo en situaciones excepcionales previa aprobación del coordinador del sistema.
La norma excluye del régimen a mujeres embarazadas, en período de lactancia y a aquellas que convivan con niños de hasta cuatro años cuando no sea posible adoptar otras medidas apropiadas para su cuidado.
Alojamiento y actividades
Las internas incorporadas serán alojadas en sectores o establecimientos habilitados específicamente, en celdas húmedas individuales, y se garantizarán elementos de higiene personal adecuados. No podrán mantener contacto con la población penal común. Las actividades laborales, educativas, recreativas y deportivas se realizarán dentro del mismo sector o módulo.
Visitas, comunicaciones y tratamiento
El contacto con el exterior estará sujeto a las reglas del SIGPPLAR. Las comunicaciones telefónicas seguirán los protocolos previos. La resolución incorpora un régimen particular para visitas de contacto con hijos menores: podrán proponerse encuentros con autorización judicial, con frecuencia quincenal, duración máxima de 60 minutos y hasta dos visitantes por encuentro. Los menores deberán estar acompañados por un adulto autorizado y estarán exceptuados del control por rayos X Body Scanner por razones médicas de radioprotección, aunque sí podrán ser sometidos a otros controles de seguridad.
El sistema contempla atención sanitaria acorde con las necesidades específicas de las mujeres, con especial consideración de la salud mental. Los registros personales serán realizados por funcionarias del mismo sexo, y la sección de videovigilancia estará integrada exclusivamente por mujeres. El tratamiento penitenciario se concentrará en los factores de riesgo y necesidades detectadas, con el objetivo de reducir la reincidencia. Las intervenciones trabajarán sobre componentes psicológicos y sociales vinculados con la identidad criminal y los roles de liderazgo.
El personal destinado al sistema recibirá capacitación específica del SIGPPLAR y formación en perspectiva de género. La implementación será monitoreada por las direcciones de Seguridad, Comunicaciones, Sistemas y Tecnologías, Inteligencia Penitenciaria e Investigaciones Judiciales y Asuntos Internos del Servicio Penitenciario Federal.
La Dirección Nacional del Servicio Penitenciario Federal dispondrá de 60 días para elaborar protocolos complementarios y manuales específicos, y deberá presentar informes técnicos semestrales sobre el avance de la implementación.
El Gobierno encuadra la medida dentro de su estrategia contra el crimen organizado. Los fundamentos vinculan el SIGPPLAR con el Plan Bandera, el Plan Güemes, el Plan Paraná y el Plan Andrés Guacurarí. Según la resolución, actualmente hay 78 miembros de organizaciones criminales incorporados al sistema de alto riesgo, con presencia de estructuras que operan en Santa Fe, Salta, Jujuy, Córdoba y Corrientes.
