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El Gobierno publicó los decretos sobre Malvinas anunciados por Javier Milei en cadena nacional

A través de dos publicaciones en el Boletín Oficial, el Ejecutivo modificó las partidas presupuestarias para la modernización del equipamiento militar y el cumplimiento del RIGI en el archipiélago.

El Gobierno publicó este viernes en el Boletín Oficial los decretos 867 y 868, mediante los cuales se oficializaron las medidas anunciadas por el presidente Javier Milei en cadena nacional sobre la soberanía de las islas Malvinas.

El Decreto 867 introduce modificaciones en el Presupuesto bajo la modalidad de Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU), habilitando al Ejecutivo a reasignar partidas para dotar de recursos a áreas estratégicas. Entre los puntos destacados, se incrementó el presupuesto de la Comisión Nacional de Actividades Espaciales (Conae) y se destinaron fondos al Ministerio de Defensa. El objetivo declarado es “fortalecer las capacidades operativas de las Fuerzas Armadas mediante la incorporación, modernización y recuperación de medios y equipamiento”.

El Decreto 868 designa al Ministerio de Relaciones Exteriores, Comercio Internacional y Culto como autoridad de aplicación de la Ley N° 26.659, que regula la exploración y explotación de hidrocarburos en la plataforma continental argentina. Según los considerandos, la medida busca “fortalecer la articulación entre las acciones administrativas de carácter sancionatorio y la estrategia diplomática de la República Argentina”.

Además, se estableció que las empresas o “Vehículos de Proyectos Únicos” (VPU) que quieran adherirse al Régimen de Incentivo para Grandes Inversiones (RIGI) deberán presentar una declaración jurada en la que sus representantes legales consignen que ni la empresa ni sus accionistas incurren ni incurrirán en actividades hidrocarburíferas ilícitas en las zonas circundantes a las Islas Malvinas, Georgias del Sur y Sándwich del Sur.

En cuanto al procedimiento, el nuevo protocolo establece que, ante una presunta infracción, el presunto infractor tendrá diez días hábiles para presentar su descargo. Asimismo, el Decreto 868 instruye a todos los organismos de la Administración Pública Nacional a informar a la Cancillería cualquier hecho que pueda configurar una violación a la normativa en un plazo máximo de cinco días desde su conocimiento.

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