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Inocencia Fiscal: qué cambios introduce la reforma y cómo afecta a funcionarios y PyMEs

La reforma al régimen de Inocencia Fiscal establece restricciones para funcionarios de ciertos niveles, modifica las multas y mantiene beneficios como la declaración jurada simplificada. La contadora Elisabet Piacentini explicó en Canal E los puntos centrales y el impacto en las PyMEs.

El proyecto de modificación del régimen de Inocencia Fiscal incorpora restricciones para funcionarios, cambios en las multas y beneficios vinculados al “tapón fiscal”. La contadora Elisabet Piacentini explicó en Canal E los principales puntos de la reforma y se refirió a la situación de las PyMEs.

Según Piacentini, el cambio surgió de una negociación en las comisiones y alcanzaría a funcionarios de determinados niveles, magistrados y otros cargos. “Ya hubo varios cambios que se estuvieron hablando hace tiempo, pero ahora se agregó este, que fue una negociación que hubo en las comisiones, donde se dice que al régimen de Inocencia Fiscal no van a poder ingresar aquellos funcionarios que tengan categoría de Secretaría de Estado hacia arriba”, afirmó.

Quiénes no podrán ingresar al régimen

Piacentini detalló: “Todos los que sean magistrados, tampoco los concejales, los que sean consejeros del Mercosur, bueno, todos esas personas no van a poder ingresar”. Aclaró que la restricción regirá hacia adelante y no afectará los beneficios ya obtenidos: “Pero por supuesto que va a ser de aquí para adelante, los que ya adhirieron tienen esos beneficios”.

Uno de los beneficios principales del régimen es la posibilidad de presentar una declaración jurada de Ganancias simplificada, de carácter optativo, que genera una presunción de exactitud y permite blindar períodos anteriores. “La Ley de Inocencia Fiscal tiene algo muy novedoso con respecto a una declaración jurada de Ganancias simplificada para todas las personas humanas, que es optativo, y esto tiene grandes ventajas porque le da una presunción de exactitud a esa declaración jurada, además hace un blindaje para atrás”, explicó.

Los cambios en las multas

En cuanto al mecanismo, Piacentini señaló: “Si la declaración jurada está presentada de una manera exacta o con una discrepancia pequeña que tiene un límite, bueno, en esa manera yo blindo a ARCA y le digo esta declaración jurada es exacta y todas las declaraciones juradas para atrás también”.

Otro de los cambios analizados se relaciona con las multas previstas por la normativa tributaria. Piacentini cuestionó el fuerte incremento aplicado y señaló que los tributaristas reclamaron una mayor graduación según el tamaño de cada contribuyente. “Esto fue de una manera muy brusca, se aumentó en miles por ciento, una multa que era de 200 pesos pasó a 220 mil pesos, por ejemplo, para una persona humana responsable inscripta sin ningún tipo de graduación, si sos PyME o si sos una gran empresa internacional”, expresó.

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