La Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS) publicó en consulta pública la Resolución SBS N° 01870-2026, que establece el procedimiento uniforme para que los afiliados en comisión por flujo migren a comisión por saldo, en cumplimiento de la Ley N° 32123 de reforma previsional.
La Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS) ha publicado la Resolución SBS N° 01870-2026 en consulta pública, mediante la cual se establece el procedimiento uniforme para que los afiliados que aún se encuentran en comisión por flujo puedan migrar a comisión por saldo. Esta medida responde al mandato de la Ley N° 32123 de reforma previsional, aprobada en 2024.
De acuerdo con la ley, el sistema previsional peruano debe abandonar la comisión por flujo —que descuenta un porcentaje del sueldo mensual— y avanzar hacia un modelo con dos esquemas: la comisión por saldo y la comisión por productividad. La comisión por saldo cobra un porcentaje anual sobre el fondo acumulado, mientras que la comisión por productividad vincula la ganancia de las administradoras con el resultado de las inversiones para los afiliados.
En el esquema de comisión por productividad, las nuevas Empresas Administradoras de Fondos (EAF) obtendrán mayores ingresos solo si el fondo del trabajador crece por encima de un punto de referencia del mercado. Esta comisión se compone de una parte fija y otra variable, que depende de la rentabilidad real obtenida en el año.
Las EAF son la nueva denominación para las gestoras de pensiones en Perú. Incluyen a las actuales AFP, y también podrán participar bancos, cajas municipales, financieras u otros operadores autorizados. Según el reglamento, estos nuevos actores deberán cumplir las mismas reglas y estándares de transparencia y desempeño que las AFP tradicionales. El superintendente Sergio Espinosa declaró a Infobae Perú que el mecanismo de las EAF permitirá que un banco se convierta en una AFP, y que una AFP pueda convertirse en banco.
La reforma se alinea con los artículos 5, 6 y 8 del Reglamento de la Ley N° 32123, aprobado por el Decreto Supremo N° 189-2025-EF y publicado en septiembre de 2025.
Actualmente, la mayoría de los afiliados está en comisión por saldo, pero aún existe un grupo de personas en comisión por flujo, principalmente quienes se afiliaron antes de 2013 y eligieron ese esquema. El procedimiento planteado por la SBS permite a ese grupo migrar a saldo bajo reglas claras y con información transparente.
En julio de 2026, las comisiones vigentes en Perú son de 1,47 % a 1,69 % sobre flujo (descontadas mensualmente del sueldo) y de 0,68 % a 1,25 % sobre saldo (anual, sobre el fondo acumulado). A estos porcentajes se suma el 10 % obligatorio que va al fondo de jubilación y el 1,37 % por el seguro de invalidez y sobrevivencia.
El cambio de esquema responde a la crítica de que el cobro por flujo no incentiva a las AFP a buscar mayor rentabilidad para el afiliado, ya que cobran el mismo porcentaje independientemente del desempeño del fondo.
