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El Procurador dictaminó contra el pedido del juez Irurzun para continuar más allá de los 75 años

La Corte Suprema está en condiciones de decidir, pero no tiene previsto reunirse esta semana; Lorenzetti está de licencia; el camarista cumple la edad límite este sábado.

El Procurador General de la Nación, Eduardo Casal, dictaminó contra el recurso del camarista federal Martín Irurzun, que busca que la justicia lo habilite a seguir en la Cámara Federal más allá de los 75 años de edad, que cumple el sábado.

Ahora, la Corte Suprema está formalmente en condiciones de decidir si Irurzun puede o no permanecer en su cargo, más allá de lo que señala la Constitución.

Sin embargo, el máximo tribunal no tiene previsto reunirse en acuerdo esta semana, ya que uno de sus integrantes, el juez Ricardo Lorenzetti, está de licencia.

Para que la Corte pueda funcionar con dos jueces y llamar a conjueces, primero debe ocurrir que los tres magistrados debatan el caso, que no haya unanimidad y convoquen por sorteo a otros jueces. Entonces se corre traslado a las partes y hay 15 días para formar el tribunal.

El segundo motivo es que alguien se excuse y esa situación debe estar validada por los otros dos magistrados. Nada pasó.

Irurzun, consciente de esta situación, seguirá dando batalla en los tribunales para buscar que la justicia declare inconstitucional el artículo de la Constitución reformada en 1994 que le pone un límite al mandato de los jueces.

La norma indica que el Poder Ejecutivo debe pedir un nuevo acuerdo al Senado, el que debe ser concedido –con decreto de designación– antes de la fecha de cumpleaños.

Irurzun pidió hace un año al gobierno de Javier Milei que enviara su pliego al Senado para un nuevo acuerdo, pero el Poder Ejecutivo no lo hizo. Contrasta esta decisión con la celeridad con que sí lo hizo en el caso del camarista de Casación Carlos Mahiques, padre del ministro de Justicia, Juan Bautista Mahiques.

El Gobierno quiere rediseñar la Cámara Federal, que decide sobre los casos de corrupción de los funcionarios y exfuncionarios. Ya avanzó con el envío de los pliegos de los jueces Pablo Yadarola y Pablo Bertuzzi. Ahora, con la eventual salida de Irurzun, tendría una tercera vacante a concursar en este tribunal.

Irurzun batalló en la Justicia para seguir más allá de los 75 años. Presentó una medida cautelar que fue rechazada en primera instancia y en la Cámara de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo Federal.

Por eso es que planteó ahora un recurso extraordinario ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación. El recurso llegó ayer a la Corte y hoy fue enviado al procurador Casal, que dictaminó en menos de seis horas y devolvió el caso. Pero es dudoso que la causa avance en la Corte.

Casal dictaminó que la Corte Suprema debe declarar formalmente inadmisible el recurso extraordinario.

La medida cautelar autónoma de Irurzun quiere suspender los efectos jurídicos del tercer párrafo del inciso 4° del artículo 99 de la Constitución Nacional, la cláusula incorporada por la reforma de 1994 que exige a los jueces un nuevo nombramiento presidencial con acuerdo del Senado para continuar en funciones más allá de los 75 años.

La opinión de la Procuración no es vinculante, pero deja al camarista en una posición procesal complicada, pues la Corte no tiene previsto reunirse y encima tiene una opinión en contra.

Para la Procuración, los agravios de Irurzun “no cuentan con la fundamentación autónoma” que requiere la ley.

La Sala I de la Cámara en lo Contencioso Administrativo Federal había confirmado el rechazo de la medida cautelar al sostener que este caso es igual al que resolvió el 28 de marzo de 2017 en el caso de Leopoldo Schiffrin, el camarista al que se le negó seguir más allá de los 75 años.

Ese fallo revirtió la doctrina sentada con el juez Carlos Fayt, al que se le permitió seguir porque había sido nombrado antes de 1994. En el caso Schifrin se validó la cláusula de los 75 años, sin distinguir entre magistrados designados antes o después de la reforma de 1994.

Según aquel precedente, el límite etario modifica únicamente el carácter vitalicio del cargo, pero no la garantía de inamovilidad ni la independencia judicial.

Frente a eso, la apuesta de Irurzun fue otra: sostuvo que la mayoría de la Corte que firmó el fallo Schiffrin ya no existe, pues cambió la integración con la salida de Juan Carlos Maqueda del tribunal.

Y entendió que el estándar está “extinguido” y que la Corte, con su composición actual, podría cambiar de criterio.

Pero el Procurador dijo que Irurzun “no explicó los motivos por los cuales tal modificación debiera implicar, indefectiblemente, la adopción de un criterio distinto”.

Su agravio, dice el dictamen, “luce como una mera conjetura, carente de entidad jurídica suficiente” para habilitar la vía extraordinaria. Es decir que, por más que hayan cambiado los nombres de los jueces de la Corte, no significa que vaya a cambiar la doctrina.

El dictamen también convalida el razonamiento de la Cámara sobre la autoridad institucional de los precedentes del máximo tribunal.

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