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Proyecto de ley de Luis Juez propone regular el uso de redes sociales en menores

El senador nacional Luis Juez presentó un proyecto de ley en el Senado argentino que establece límites al uso de redes sociales por parte de menores de edad, incluyendo restricciones técnicas, verificación de edad por niveles y posibles indemnizaciones por daños psicológicos.

El Senado de la Nación recibió un proyecto de ley presentado por el senador Luis Juez que propone regular el uso de redes sociales por parte de menores de edad. La iniciativa establece que las plataformas no podrán diseñar sus aplicaciones con el objetivo exclusivo de mantener a los menores conectados por períodos prolongados. En caso de que dicho diseño cause un daño psicológico diagnosticado, las empresas podrían ser obligadas a pagar una indemnización.

El proyecto abarca tanto a las redes sociales como a las empresas de telefonía celular e internet. Según el texto, las cuentas de menores de edad deberán configurarse de fábrica con las opciones de seguridad más altas. Cualquier modificación de esas configuraciones requerirá autorización expresa de un padre o tutor, y esa autorización quedará registrada.

Se prohíben cuatro funciones en los perfiles de menores: el desplazamiento infinito de contenidos (scroll infinito), la reproducción automática de videos, las notificaciones entre las 22 y las 6 (salvo emergencias) y la exhibición constante de indicadores de aprobación social como los ‘me gusta’.

La verificación de edad se organiza en tres niveles. Los menores de 13 años no podrán acceder a estas plataformas. Entre los 13 y los 15 años, se requerirá el consentimiento comprobado de un padre o tutor. Entre los 16 y los 17 años, bastará con acreditar la identidad mediante documento o datos biométricos, que no podrán almacenarse una vez finalizada la verificación.

El proyecto contempla que las redes sociales podrían ser obligadas a indemnizar a un menor si se comprueba un daño psicológico, emocional o físico diagnosticado por un profesional, y que ese daño se relaciona con la exposición repetida a contenidos riesgosos recomendados por el algoritmo. La empresa solo evitará el pago si demuestra que adoptó todas las medidas técnicamente posibles para prevenirlo.

Se considera contenido de riesgo aquel que promueve autolesiones, trastornos alimentarios, consumo de drogas o vapeo, o material sexual dirigido a menores.

Las empresas de telefonía celular deberán ofrecer gratuitamente una línea con filtros de contenido para menores. Las de internet fijo, herramientas de filtrado optativas sin costo. El ENACOM será el organismo encargado de actualizar la lista de sitios a bloquear.

Las sanciones para las plataformas que incumplan van desde un apercibimiento hasta multas de hasta el 10% de su facturación anual, y en casos graves, la suspensión del servicio por orden judicial.

En los fundamentos del proyecto, Juez sostuvo que la falta de regulación sobre los algoritmos de recomendación aumentó los riesgos para la salud mental de los menores. Mencionó estudios que vinculan funciones como el scroll infinito con un uso compulsivo de pantallas durante la adolescencia. El senador afirmó que se inspiró en leyes similares que avanzan en la Unión Europea, España, Reino Unido, Australia y Estados Unidos.

En España se discute un proyecto similar que busca elevar la edad mínima para consentir el uso de datos personales y responsabilizar a las plataformas por sus algoritmos. En Chile, un proyecto ingresado al Congreso en junio plantea un esquema de edades similar al propuesto por Juez.

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