El tributarista Sebastián Mancuso analizó las recientes disposiciones del Banco Central y el Gobierno, que reabren el debate sobre la carga tributaria provincial y la exteriorización de fondos.
El tributarista Sebastián Mancuso, en declaraciones a Canal E, evaluó que las medidas impulsadas por el Banco Central y el Gobierno reabrieron el debate sobre la carga tributaria provincial, los costos financieros y la exteriorización de fondos no declarados.
Mancuso sostuvo que la resolución 8.444 del Banco Central apunta a generar competencia tributaria entre las provincias a través de la radicación de cuentas digitales. Según explicó, “lo que pretende es, digamos, permitir que las provincias empiecen a competir fiscalmente por las cuentas de los bancos”.
Qué implica la nueva medida del Banco Central
Detalló que las entidades financieras podrán definir desde qué jurisdicción administran las cuentas abiertas de manera remota. En ese sentido, afirmó que “el banco va a tener la potestad de elegir el lugar de erradicación de esa cuenta” y agregó que “eso abre una perspectiva muy grande”.
Mancuso remarcó que las diferencias entre las alícuotas provinciales son significativas. Según señaló, “las tasas más bajas parten desde un 3, un 3,5% y las tasas más altas llegan inclusive hasta el 9%”.
Los beneficios de una menor carga tributaria sobre los bancos
Explicó que el objetivo final es que la menor carga impositiva se traslade a los usuarios del sistema financiero: “Si los bancos pueden administrar mejor la carga tributaria vinculada con su actividad, eso debería traducirse en un menor costo financiero para el cliente”.
El entrevistado también destacó el incentivo que tendrán las provincias para atraer operaciones financieras: “Si una provincia quiere tener una mayor radicación de cuentas bancarias evidentemente va a tener que bajar la alícuota”.
Luego, manifestó que la medida implica una intervención indirecta sobre un tributo que es potestad provincial. Por eso afirmó: “Es una manera indirecta de meterse en una discusión de impuestos provinciales donde obviamente el Estado Nacional no tiene potestad”.
