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Texas restringe licencias profesionales a indocumentados desde mayo de 2026

A partir del 1 de mayo de 2026, los trabajadores indocumentados en Texas no podrán obtener o renovar licencias profesionales sin demostrar su estatus legal, afectando a cosmetólogos, barberos y contadores, entre otros.

A partir del 1 de mayo de 2026, muchos trabajadores indocumentados en Texas no podrán obtener licencias profesionales o comerciales. Esto ocurrirá en el marco de un reciente cambio en la normativa que exige pruebas de estatus legal para otorgar o renovar el documento. El Departamento de Licencias y Regulaciones de Texas (TDLR) informó que una persona sin estatus legal no podrá tener una licencia profesional desde la fecha estipulada.

El trámite se podrá realizar mediante dos operaciones: con o sin número de Seguro Social. Quienes no posean esa documentación tendrán que apelar a otra documentación para probar su presencia legal en Estados Unidos. Las normativas aplican a trabajadores de numerosas profesiones, entre las que se incluyen los cosmetólogos, los contadores y los barberos.

Desde la fecha en la que venza su licencia, muchos trabajadores corren el riesgo de perder su trabajo en el Estado de la Estrella Solitaria. En ese marco, la nueva regla representa algunos peligros que derivan de la situación de no tener licencias. Según Legal Match, estos son algunos de los riesgos:

  • Pérdida de empleo y fuente de ingresos.
  • Imposibilidad de ejercer la profesión legalmente.
  • Posibles sanciones legales por trabajar sin licencia.

En caso de que un trabajador no posea número de Seguro Social, conforme a lo que explica el TDLR, tendrá que completar un formulario llamado “Solicitud de licencia ocupacional alegando no tener número de seguro social”. Se trata de un documento que requiere la presentación de pruebas que verifiquen la elegibilidad y la presencia legal del interesado ante el departamento. Quien no pueda comprobar dicho estatus no podrá acceder a la licencia.

Para este proceso, el TDLR aclaró que solo acepta copias electrónicas claras de los documentos de identificación vigentes. No se permite el envío de papeles originales, ya que el estado no realiza devoluciones. De acuerdo con el TDLR, hay varios documentos que pueden servir para certificar la presencia legal de un trabajador en la nación norteamericana. Será necesario mostrar uno de los siguientes:

  • Pasaporte estadounidense o tarjeta de residente permanente.
  • Visa válida con autorización de trabajo.
  • Permiso de conducir o tarjeta de identificación de un estado de EE.UU. validado, en conjunto con un certificado de nacimiento expedido por una autoridad estadounidense.
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