El examen médico obligatorio para la residencia permanente en EE.UU. incluye una revisión de tatuajes. Conozca cómo se registran y qué factores consideran las autoridades migratorias para evitar inconvenientes en el trámite.
Las personas que tramitan una Green Card o una visa de inmigrante deben realizarse un examen médico obligatorio ante un médico civil autorizado por el Servicio de Ciudadanía e Inmigración de Estados Unidos (USCIS). Según los lineamientos técnicos de los Centros para el Control y la Prevención de Enfermedades (CDC), este examen incluye una revisión del historial clínico, verificación del calendario de vacunas, pruebas para detectar enfermedades infecciosas, una evaluación de salud mental y un examen físico completo.
Si durante el examen el médico observa tatuajes, los registra en el Formulario I-693. Este documento, una vez completado y sellado, se entrega al solicitante para que lo presente junto con su solicitud de ajuste de estatus. Desde fines de 2024, el USCIS solicita presentar el I-693 junto con el formulario I-485, y no hacerlo puede generar demoras o requerimientos de evidencia adicional.
Los tatuajes no figuran en la Ley de Inmigración y Nacionalidad (INA) como una causal directa de inadmisibilidad. Sin embargo, la sección 212(a)(3)(A)(ii) de esa ley establece que es inadmisible todo extranjero sobre quien las autoridades tengan «razón para creer» que ingresará al país para participar en actividades ilegales. El Departamento de Estado interpreta desde 1965 que esta categoría incluye la pertenencia a organizaciones criminales, y en 2005 extendió esa determinación a pandillas callejeras como la Mara Salvatrucha (MS-13) y la pandilla 18, entre otras.
Según el Manual de Asuntos Exteriores del Departamento de Estado (9 FAM), entre los factores que los oficiales consulares consideran para determinar membresía en una organización criminal figura la exhibición voluntaria de símbolos de la organización. Un tatuaje puede quedar comprendido en esa categoría si el oficial lo asocia con un grupo conocido, aunque el solicitante no tenga antecedentes penales.
Los abogados especializados en inmigración recomiendan anticiparse con una explicación escrita si el solicitante tiene tatuajes que puedan prestarse a interpretaciones equívocas. Esta explicación puede detallar el significado personal del diseño, la fecha en que fue realizado y el nombre del estudio o tatuador, si están disponibles. En el caso de tatuajes con nombres de hijos o fechas de nacimiento, las actas correspondientes son documentación de respaldo útil.
El riesgo de que un tatuaje genere inconvenientes es bajo cuando el diseño no tiene relación evidente con ninguna organización criminal. Según el portal legal Nolo, los funcionarios migratorios saben que la mayoría de los tatuajes son expresiones personales. El problema surge cuando los diseños coinciden con símbolos documentados por las autoridades, como combinaciones de letras, números o imágenes asociadas a grupos transnacionales específicos.
Ante cualquier duda sobre cómo puede ser interpretado un tatuaje, los especialistas recomiendan asesorarse con un abogado de inmigración antes del examen médico, no después de que surja un problema en la entrevista.
