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California implementa nueva ley de protección al consumidor en la compra de vehículos

A partir del 1° de octubre, el estado de California aplicará la ley CARS Act, que establece nuevas reglas para la venta y arrendamiento de autos, con el objetivo de brindar mayor transparencia y derechos a los compradores.

El estado de California, en Estados Unidos, pondrá en vigencia a partir del próximo 1° de octubre una nueva normativa conocida como CARS Act (SB 766). Esta ley, firmada por el gobernador Gavin Newsom en octubre de 2025, introduce una serie de cambios regulatorios en las operaciones de venta, financiamiento y arrendamiento de vehículos nuevos y usados en el mercado minorista.

El eje central de la legislación es impedir que los consumidores finalicen una operación con información incompleta, cargos discutibles o promesas de financiamiento que luego no se cumplen. Para ello, la ley establece varias disposiciones clave.

Uno de los cambios más destacados es la creación de un derecho de cancelación de tres días para ciertas operaciones con vehículos usados. Este derecho aplica para autos usados con un valor de hasta US$50.000, ya sea por compra o arrendamiento. El plazo comienza a correr al día siguiente de la firma del contrato y vence al cierre comercial del tercer día. Sin embargo, este derecho no es ilimitado: el comprador lo pierde si el vehículo fue utilizado por más de 400 millas (643 kilómetros) desde la entrega. Además, el concesionario podrá cobrar una tarifa de reposición, dentro de los topes fijados por la norma.

La nueva regulación también se enfoca en los llamados «add-ons» o productos y servicios adicionales que suelen agregarse al contrato final. La ley prohíbe cobrar por extras que no tengan una utilidad concreta para el comprador, como ciertos tratamientos de pintura o garantías que no ofrecen una protección real. El criterio establecido es que si el producto no aporta un beneficio verificable, no debería ser facturado.

En materia de publicidad, los concesionarios deberán exhibir de forma clara el precio total del vehículo en anuncios y comunicaciones escritas cuando promocionen una unidad específica o hablen de financiación. Si durante la negociación se presenta una cuota mensual, también deberá informarse el monto total que abonará el cliente al completar todos los pagos pactados, con el fin de facilitar la comparación de ofertas.

Asimismo, los concesionarios estarán obligados a conservar registros durante dos años, incluyendo publicidad, comunicaciones y documentación vinculada a devoluciones o cancelaciones.

La normativa tiene algunas exclusiones. El derecho de cancelación de tres días no alcanzará a vehículos nuevos, motocicletas, vehículos recreativos (RVs) ni autos usados vendidos por menos de US$5.000. Tampoco aplica a operaciones comerciales como ventas de flota, compras empresariales o transacciones mayoristas, donde seguirán rigiendo otras reglas del mercado automotor californiano.

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