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Diputados: oposición buscará aprobar democracia sindical y derogar el DNU de libre canje de deuda

En medio de una sucesión de convocatorias para la próxima semana en la Cámara de Diputados, se oficializó la primera sesión: será el martes 26 de noviembre desde las 13 horas, cuando se vote la iniciativa de «democracia sindical» de la UCR. Posteriormente, Unión por la Patria llevará adelante su intento para derogar el DNU 846/2024 que habilita el libre canje de deuda.

En el mismo encuentro, se espera que el bloque de Democracia para Siempre (de radicales disidentes) intente tratar sobre tablas la postergación de las sesiones ordinarias, petición de los gobernadores para poder tratar el proyecto del Presupuesto 2025.

Existen otras dos solicitudes de convocatoria para la Cámara de Diputados la próxima semana. Una pretende tratar el miércoles el proyecto que busca limitar los alcances de las apuestas online y las publicidades de las plataformas donde se habilitan estas prácticas, con el objetivo de tomar medidas contra la ludopatía. El otro constituye la insistencia del PRO para, el jueves, volver a debatir Ficha Limpia, la votación de argentinos en el exterior, la reforma de reincidencia y reiterancia y la sanción del régimen de juicio en ausencia.

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Se aguarda por una semana de intensa actividad parlamentaria en la Cámara de Diputados.

Se aguarda por una semana de intensa actividad parlamentaria en la Cámara de Diputados.

Democracia sindical: qué dice el proyecto

Luego de fracasar por una firma en su intención de obtener dictamen para la iniciativa de «democracia sindical«, que reforma la conformación dirigencial de los gremios y sus alcances sobre los afiliados, miembros de la Unión Cívica Radical (UCR) presentaron una fundamentación legal para insistir con la votación del proyecto en Diputados la próxima semana.

La iniciativa que pretende la eliminación de las reelecciones indefinidas para los secretarios generales, la supresión de la obligatoriedad de la cuota solidaria y la puesta en vigencia de la ficha limpia para los sindicalistas. Asimismo, se propone la reglamentación de órgano de cinco miembros en las dirigencias de los sindicatos con representación de las minorías y se establecían nuevos esquemas de elección de la obra social sindical. Sin embargo, en la pasada reunión de la Comisión de Legislación del Trabajo, el proyecto impulsado por la UCR y el PRO obtuvo 15 firmas y no llegó al dictamen. Eso no fue motivo para que Martín Tetaz (UCR), titular de la comisión, insista con el pedido.

La interpretación que realiza Tetaz se remonta a una votación de 21 de abril del 2010, que señala que “para que un despacho sea válido es necesaria la firma de la mayoría de los miembros de cada una de las comisiones”. En ese marco, analiza que «es ajustado a Derecho que el cuerpo no puede cambiar el reglamento sin que exista un dictamen previo de la comisión correspondiente o en todo caso hubiera necesitado una mayoría especial» y concluye: «Considerando que esa resolución interpretativa fue aprobada con 141 votos positivos vs 91 votos negativos […] no puede de ninguna manera corregir el reglamento hacia delante«.

Qué dice el DNU de libre canje de deuda

El DNU 846/2024 fue publicado en el Boletín Oficial el pasado 20 de septiembre y cuenta con seis artículos, tres de los cuales abordan su comunicación y uno deroga un pasado decreto de Javier Milei (el 280/2024), que en simultáneo anula el artículo 74 de la Ley N° 24.241, que plantea que «las administradoras de fondos de jubilaciones y pensiones podrán invertir el activo del fondo administrado en títulos públicos emitidos por la Nación a través de la Secretaría de Hacienda, o el Banco Central de la República Argentina, hasta el 50% del total del activo del fondo».

Martín Tetaz

Martín Tetaz, titular de la Comisión de Legislación del Trabajo.

Martín Tetaz, titular de la Comisión de Legislación del Trabajo.

Mariano Fuchila

Otro de ellos, sustituye el artículo 74 de la Ley Nacional del Sistema Integrado de Jubilaciones y Pensiones N° 24.241 pero ratifica que se conserva hasta el 70% del Fondo de Garantía de Sustentabilidad del Sistema Integrado Previsional Argentino (FGS) en títulos públicos, cuenten o no con garantías.

Sin embargo, el más pertinente es el segundo artículo del DNU 846/2024 que dispone que «las futuras suscripciones de instrumentos de deuda pública, independientemente de su moneda de pago, se puedan realizar con instrumentos de deuda pública cualquiera sea su moneda de pago. Los precios de los instrumentos serán fijados teniendo en cuenta los valores existentes en los mercados para cada una de las operaciones que se realicen».

Informe Fernando Brovelli.

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